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Facturación Tasa Cero IVA, un incentivo tributario para reactivar la economía
- Martes, 05 Octubre 2021 06:50
SERVICIO IMPUESTOS NACIONALES
Opción: Beneficiará a los contribuyentes que vendan en el mercado interno bienes de capital, plantas industriales, vehículos de carga de alta capacidad en volumen y tonelaje destinados a los sectores agropecuario e industrial, incluidos los vehículos frigoríficos y maquinaria pesada.
El presidente del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), Mario Cazón, presentó la opción “Facturación Tasa Cero IVA Ley Nº 1391”, que está disponible en la página web www.impuestos.gob.bo para los contribuyentes que vendan en el mercado interno bienes de capital y otros insumos industriales importados o de producción nacional destinados a diversificar la matriz productiva, con el consiguiente impacto en la generación de fuentes de empleo y la reactivación de la economía boliviana.
En una conferencia de prensa, Cazón afirmó que “ya está disponible el sistema Facturación Tasa Cero IVA Ley Nº 1391 para los contribuyentes que vendan bienes de capital con Tasa Cero IVA (…); esto va a permitir que el aparato productivo pueda reactivarse”.
La Administración Tributaria publicó este fin de semana la Resolución Normativa de Directorio (RND) Nº 102100000018 “Reglamento para la aplicación del Artículo 3 de la Ley Nº 1391 y del Decreto Supremo Nº 4579”, de 1 de octubre de 2021.
La Ley Nº 1391, de 31 de agosto de 2021, establece incentivos tributarios a la importación y comercialización de bienes de capital y plantas industriales de los sectores agropecuarios e industrial, para la reactivación económica y fomento de la política de sustitución de importaciones.
Este sentido, beneficia con Tasa Cero IVA a los contribuyentes que realicen la venta en el mercado interno de bienes de capital, plantas industriales, vehículos de carga de alta capacidad en volumen y tonelaje destinados a los sectores agropecuario e industrial, incluidos los vehículos frigoríficos, y maquinaria pesada para la construcción y minería, importados o de producción nacional, destacó.
“Por tanto, la venta de estos bienes de capital estará sujeto a un impuesto de Tasa Cero IVA hasta el 8 de septiembre del año 2022”, precisó Cazón.
En este contexto, la Administración Tributaria trabajó un sistema informático llamado “Facturación Tasa Cero IVA Ley Nº 1391” para que los contribuyentes que vendan bienes de capital puedan emitir factura a través de la página www.impuestos.gob.bo.
Procedimiento
Después de entrar en la página web www.impuestos.gob.bo, el contribuyente debe ingresar en la Oficina Virtual y al enlace Sistema Integrado de la Administración Tributaria (SIAT), donde debe poner sus credenciales de acceso.
Finalmente, debe seleccionar la opción emisión “Facturación Tasa Cero IVA Ley Nº 1391 Bienes de Capital”.
Las credenciales de acceso (usuario y contraseña) son las mismas que el contribuyente utiliza para acceder a la Oficina Virtual (www.impuestos.gob.bo).
De acuerdo con la Ley Nº 1391 y su Decreto Reglamentario, el contribuyente que vende bienes de capital en el mercado interno no está sujeto al pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA).
No debe transcribir la información de las facturas de ventas de bienes de capital en el mercado interno, porque tendrá la generación automática del Libro de Ventas y, por tanto, tampoco deberá enviar este registro al SIN.
Puede designar roles de usuarios para emitir factura, además proporciona el importe para la declaración en el Formulario 200 IVA en la casilla correspondiente.
La factura llegará directamente al correo electrónico del comprador del bien de capital.
La opción “Facturación Tasa Cero IVA Ley Nº 1391” permite al contribuyente la “suscripción” a la modalidad de facturación Portal Web en Línea, así como la “adición” en el Padrón Nacional de Contribuyentes de la actividad económica “Tasa Cero IVA Ley Nº 1391-Incentivos Tributarios para los sectores agropecuario, industrial, construcción y minería”.
Formularios y vigencia
Mediante la RND Nº 102100000018 también se aprueba la Versión 4 (V.4) de los formularios 200 IVA y 400 IT.
Por otra parte, los formularios 200 IVA y 400 IT, Formato Versión 3 Resumido, tendrán vigencia hasta el 29 de septiembre de 2023.
La disponibilidad de la opción de “Facturación Tasa Cero IVA Ley Nº 1391”, así como la vigencia de la suscripción a este servicio y la actividad económica señalada en el Parágrafo II del Artículo 3 de la RND Nº102100000018, tendrán carácter temporal hasta el 8 de septiembre de 2022.
La Administración Tributaria anuncia que ofrecerá a los contribuyentes cursos de capacitación sobre este tema, en los nueve departamentos.